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¡Un impuesto menos!
Miércoles 4 de marzo de 2026 – La eliminación del impuesto cedular la semana pasada resulta muy relevante en algunos casos. De qué se trataba y cómo puede beneficiar al sector. Por Ezequiel Sanchez

Una de las modificaciones fiscales más relevantes aprobadas recientemente por el Congreso, junto a la nueva Ley Laboral, introduce un cambio significativo en el tratamiento impositivo de la venta de inmuebles en Argentina.
La nueva reforma elimina el impuesto cedular del 15% que gravaba la venta de propiedades adquiridas desde 2018 por parte de personas humanas. Este gravamen había sido incorporado por la reforma tributaria de 2017 y aplicaba sobre la ganancia obtenida en la operación. En algunos casos, el monto a abonar por el propietario podía llegar a ser muy relevante, considerando que los valores de las propiedades suben en general de forma natural. Por ejemplo, si se compraba un inmueble en USD 200.000 y se vendía posteriormente en USD 300.000, el vendedor debía abonar el 15% de la diferencia entre compra y venta, es decir, el 15% de USD 100.000.
Con la nueva normativa, la venta de inmuebles que formen parte del patrimonio personal dejaría de estar alcanzada por este impuesto, siempre que la operación no constituya una actividad habitual.
Este cambio se suma a la eliminación previa del Impuesto a la Transferencia de Inmuebles (ITI), que gravaba con una alícuota del 1,5% la venta de propiedades adquiridas antes de 2018.
De esta manera, el esquema impositivo que durante los últimos años afectó al mercado inmobiliario queda significativamente simplificado: las ventas ocasionales de inmuebles realizadas por personas humanas no estarán gravadas, mientras que las operaciones que formen parte de una actividad inmobiliaria habitual continuarán alcanzadas por el Impuesto a las Ganancias.

El punto central del nuevo régimen pasa a ser el concepto de **habitualidad**. Cuando una persona realiza operaciones inmobiliarias de manera reiterada, con intención comercial o en el marco de una actividad organizada, las ganancias obtenidas deberán tributar en el régimen general del impuesto.
La eliminación del impuesto cedular podría contribuir a dinamizar el mercado, al reducir la carga fiscal sobre las operaciones y mejorar la previsibilidad tributaria. El impacto final dependerá de la reglamentación y de cómo se interprete el concepto de habitualidad en la práctica fiscal.
Ezequiel Emmanuel Sanchez – Socio ESTUDIO SGN SRL
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Fuente: Reporte Inmobiliario
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