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Ley de Alquileres: Derechos de Inquilinos y Propietarios sobre la Renovación de Contratos

29 mayo, 2025

Ley de Alquileres: Derechos de Inquilinos y Propietarios sobre la Renovación de Contratos

LEY DE ALQUILERES: ¿LOS INQUILINOS PUEDEN PERMANECER EN LA VIVIENDA AUNQUE EL PROPIETARIO NO QUIERA RENOVAR?

La derogación de la ley de alquileres dejó vacíos normativos que los inquilinos y los propietarios deben acordar y poner por escrito cuando se sienten a firmar el contrato.

* 29 de mayo de 2025
* 14:59
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Escuchar Nota El Senado podría sancionar hoy la nueva ley de alquileres.

¿Qué pasa cuando el propietario no quiere continuar con el inquilino y decide no renovarle el contrato?

Luego de la derogación de la ley de alquileres en diciembre de 2023, a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) del presidente Javier Milei, se abrió la posibilidad para que inquilinos y propietarios definan entre ellos la forma en la que se pactan los contratos. En ese sentido, son varios los puntos que hay que tener en cuenta para evitar problemas y hay que discutir, acordar y poner por escrito, antes de firmar un contrato de alquiler.

Entre estas cuestiones se encuentran la moneda, la periodicidad del ajuste, la indexación y los pagos adelantados. En primer lugar, los alquileres podrán establecerse en moneda de curso legal o en moneda extranjera, según lo acuerden las partes. Es decir, se podrán firmar en pesos, dólares o la moneda que acuerden; lo importante es que lo acordado deberá quedar por escrito en el contrato. El inquilino no podrá exigir que se le acepte el pago en una moneda diferente a la establecida en el acuerdo.

Contratos de alquiler: condiciones a acordar

Hoy los contratos de alquiler deben acordarse libremente entre las partes, fijando varios términos, entre ellos, la moneda, la periodicidad del ajuste y la indexación. En cuanto al ajuste, en lugar de utilizar el Índice de Contratos de Locación (ICL), inquilino y propietario podrán acordar libremente a qué índice atar el valor del alquiler. Por ejemplo, se pueden indexar a la inflación, a la evolución salarial, al índice de precios mayoristas, al valor de la nafta, una combinación de índices, etc. En cuanto a la periodicidad del ajuste, las partes podrán ponerse de acuerdo acerca de cada cuánto tiempo actualizar el valor del alquiler. El plazo de los contratos de alquiler será el que las partes hayan establecido y, en caso de que no lo aclaren, serán de dos años.

Vale la pena señalar que un informe del Colegio Inmobiliario porteño revela que el 90% de los acuerdos de alquiler que se están firmando son en pesos, a pesar de que se permite que puedan pactarse en moneda extranjera, y se cierran con ajustes cuatrimestrales, por 24 meses y utilizando el indicador del IPC.

¿Qué pasa con el inquilino cuando el propietario no quiere renovar?

A la hora de firmar un acuerdo de alquiler, hay otro punto que hay que tener en cuenta: qué conviene hacer al momento de la rescisión del contrato. El artículo 1218 del Código Civil y Comercial establece que, vencido el plazo por el que se firmó el contrato de alquiler, continúa en los mismos términos, hasta que cualquiera de las partes dé por terminado el contrato, explica Enrique Abatti, abogado y presidente de la Cámara Argentina de Propietarios de la República Argentina.

El experto agrega: “Si el propietario no quiere renovar y el inquilino no quiere irse y se mantiene, se le inicia un juicio de desalojo y se irá el día que el juez haga el dictado de la sentencia”.

En el caso de que, vencido el plazo por el que se firmó el contrato de alquiler, este continúa, Abatti recomienda hacer por escrito la prórroga. Si es una prórroga tácita, una vez vencido el plazo contractual, el fiador queda liberado y el contrato se queda sin fiador. Si están discutiendo la continuidad y en ese tiempo el inquilino permanece en el departamento, hay que hacer una intimación al inquilino y una intimación al fiador, para que se responda por los alquileres y también en caso que haya daños y perjuicios que genera la permanencia del inquilino.

Fuente: LA NACION

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