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Vuelve la inversión
¿Cuáles son los créditos hipotecarios que te permiten comprar para alquilar?
Muchos se preguntan si es posible poner en alquiler una propiedad que se compró con préstamo bancario en Argentina, y que de esta forma, los ingresos del inquilino cubran las cuotas del crédito.
Desde que despertó el crédito hipotecario en abril del año pasado, la posibilidad de adquirir una vivienda propia tomó protagonismo y se convirtió en un tema recurrente entre los argentinos. Además, el sector inmobiliario recuperó el atractivo como modo de inversión, ya que, en el último año, creció la rentabilidad (se ubicó en 5,37% en mayo, según Zonaprop). Esto ha llevado a muchos a volver a poner su mirada en este sector como una forma de hacer rendir sus ahorros. En este sentido, surge una pregunta entre los interesados en invertir en propiedades: ¿es posible comprar una propiedad con crédito hipotecario y destinarla inmediatamente al alquiler?
Los expertos consultados aseguran que, como principio general, se puede alquilar el inmueble adquirido con un crédito hipotecario, ya sea si se trata de una propiedad comprada para primera o segunda vivienda. Sin embargo, los especialistas señalan que esto puede cambiar si las partes manifiestan expresamente lo contrario en la escritura de hipoteca.
“Si nada dice el contrato de hipoteca, entonces se puede alquilar perfectamente. Pero hay bancos que en sus líneas de créditos prohíben alquilar el bien hipotecado”, asegura Enrique Abatti, abogado especializado en el mercado inmobiliario y presidente de la Cámara de Propietarios de la República Argentina. En este sentido, Marta Liotto, expresidenta del Colegio Inmobiliario de CABA, indica: “Desde el punto de vista legal no hay nada que lo impida, ya sea por primera, segunda, cuarta, décima hipoteca. Sin embargo, muchos bancos (por no decir todos) agregan una cláusula para impedir el alquiler en las hipotecas, y en caso de incumplimiento, se puede ejecutar la garantía.” Esto implica que si el deudor no paga el crédito hipotecario, el acreedor puede reclamar la propiedad como garantía, ya que no hay un tercero que la esté ocupando.
Mariano Esper, abogado especializado en cuestiones inmobiliarias, advierte que podría interpretarse que con un alquiler esto no es posible. En ese sentido, cita el artículo 2195 del Código Civil y Comercial, que establece que el deudor hipotecario “conserva todas las facultades inherentes a su derecho, pero no puede realizar ningún acto que disminuya el valor de la garantía.” “Es decir, aunque la escritura no diga nada al respecto, rige siempre la regla del art. 2195, y de esta manera podría sostenerse que alquilar el inmueble hipotecado puede constituir un acto prohibido por dicho artículo, ya que puede considerarse que disminuye el valor de la garantía,” concluye el abogado, aunque aclara que se trata de una interpretación de la norma que también puede entenderse de otra manera.
Aún así, Esper subraya que cualquier escritura de hipoteca, incluso la más básica, suele contener alguna condición vinculada con las obligaciones del deudor de solicitar el permiso del acreedor (en este caso, del banco que presta el dinero) para poder alquilar el inmueble. “Las escrituras de hipoteca, sobre todo las bancarias, suelen incluir una cláusula que establece que el propietario, que es el deudor hipotecario, no puede realizar ningún acto en el inmueble hipotecado que pueda perjudicar los derechos del acreedor hipotecario”, ejemplifica Esper.
En definitiva, para saber con exactitud qué establece cada banco de Argentina que ofrece actualmente crédito hipotecario en relación a esto, es necesario analizar cada uno.
¿Qué bancos permiten alquilar una propiedad comprada con crédito hipotecario?
Dado que los especialistas recomiendan indagar banco por banco qué establecen las cláusulas de sus líneas de crédito hipotecario, LA NACION consultó a diversas entidades y pudo saber qué establecen 15 bancos de Argentina que ofrecen este tipo de préstamo.
Los bancos que lo permiten
- Banco Hipotecario: si se compra para vivienda única, familiar y permanente no se podría poner en alquiler. En el caso de que se adquiera como segunda vivienda, sí se podría destinar a esta modalidad.
- Banco Ciudad: en primera vivienda no se puede, ya que el contrato establece que es vivienda única de ocupación permanente; en el caso de segunda vivienda, sí es posible.
- Banco Santander: aclaran que sí se puede para segunda vivienda, pero no para el caso de que se esté adquiriendo la primera.
- Comafi: quien saca el préstamo hipotecario tiene que declarar si el inmueble es para vivienda permanente o no. Si se destina a vivienda permanente, no puede ofrecerlo en alquiler. En el caso de que declaren que es para vivienda no permanente, se puede alquilar.
Los bancos que lo prohíben
- Banco Galicia: tanto si se trata de un crédito para primera vivienda como para segunda, existe una cláusula en el contrato donde especifican que el inmueble es para uso permanente y personal.
- Banco Nación: “no se puede, nuestras líneas de préstamo hipotecario son para vivienda única y de ocupación permanente”, especificaron.
- BBVA: no lo permite, el crédito hipotecario UVA de BBVA está destinado exclusivamente a la adquisición de vivienda única, familiar y de ocupación permanente.
- ICBC: no se puede alquilar, ya sea para primera o segunda vivienda.
- Banco Patagonia: no es posible, en las cláusulas de la hipoteca señalan expresamente que esta posibilidad queda fuera de juego.
- Bancor (Banco de Córdoba): la línea es para vivienda única, por lo que no permite comprar para destinar inmediatamente al alquiler.
- Banco Municipal de Rosario: aclaran desde el banco que no se puede ofrecer en alquiler las viviendas adquiridas con crédito hipotecario.
- Bancos Santa Fe, Entre Ríos, San Juan y Santa Cruz (Grupo Petersen): no permite ponerlo en alquiler, ya sea un préstamo para primera o segunda vivienda.
¿Conviene usar este modelo de compra como inversión?
Son diversos los escenarios que pueden llevar a alguien a querer adquirir un inmueble y ponerlo en alquiler. Puede que haya quienes inviertan en él, ya que aún viven en la casa de sus padres o de un familiar, trabajan, pero no tienen necesidad de independizarse todavía. De esta forma, ofrecen el inmueble en alquiler y van cancelando las cuotas del crédito hipotecario con los ingresos que brinda el inquilino.
Otro escenario posible es que quienes ya son dueños de una propiedad, busquen mudarse a un inmueble de mayor tamaño. Así, mientras viven en una casa más pequeña, van pagando su nuevo inmueble sin necesidad de sumar otros gastos. También, aquellos que eligen el real estate como modo de inversión, buscan que, dentro de unos años, genere renta, aunque en los primeros años la ganancia del alquiler se destine simplemente a pagar el préstamo.
Pero, ¿es una buena inversión? El analista económico Darío Rubinsztein responde: “Depende. En Estados Unidos es lo más normal del mundo, comprar propiedades con hipotecas y ponerlas en alquiler y, con el ingreso del inquilino, van pagándola, pero hay que analizar varios puntos para ver si cierra la ecuación.”
En primer lugar, sugiere considerar si la tasa de interés es fija o variable. Si el escenario es el segundo (que es el caso de prácticamente todos los créditos hipotecarios que se ofrecen hoy en Argentina), sugiere analizar cómo se encuentra la inflación. Los créditos UVA se ajustan por inflación, lo que hace que, si esta se dispara, el préstamo se encarezca fuertemente.
No es menor aclarar que la tasa de interés de los préstamos solicitados como segunda vivienda suele ser más alta que la de primera vivienda, ya que los bancos de Argentina consultados permiten la modalidad de alquiler solo si es segunda vivienda. Por ejemplo, Galicia ofrece una tasa de interés del 10% si se solicita para primera vivienda, pero sube al 12% en el caso de segunda; también el Nación, que ofrece una tasa nominal anual del 8,1% para